La
regulación y el desarrollo de la práctica de la participación
ciudadana es uno de los grandes retos socio políticos que en estos
momentos tiene que afrontar la ciudadanía burgalesa.
La
participación ciudadana ni significa ni presupone el ejercicio de la
soberanía popular sino que otorga a los ciudadanos la posibilidad de
proporcionar a los poderes públicos elementos de juicio suficientes
para garantizar no sólo la legalidad, sino también el acierto y la
oportunidad de que las decisiones administrativas se revistan de
legalidad democrática.
La
democracia participativa se entiende así como un cauce de
participación ciudadana tendente a legitimar las decisiones de la
administración y dotarlas de ciertas garantías de acierto y
oportunidad que complementan los cauces de participación formales al
tiempo que busca implicar a los ciudadanos en la adopción de
decisiones en la gestión del gobierno municipal.
El
aspecto fundamental que destaca del modelo de participación
ciudadana que propone Imagina Burgos consiste en fomentar y
desarrollar una cultura participativa basado en valores tales como la
solidaridad, la defensa de los derechos, el compromiso social, la
corresponsabilidad, el voluntariado, el diálogo, el respeto y el
aprecio por la diversidad, la sostenibilidad y el medio ambiente...en
definitiva generar una cultura y una práctica de la participación
ciudadana que favorezca el ejercicio solidario, activo y crítico
constructivo de la ciudadanía.
Teniendo
en cuenta estos principios y valores desde Imagina Burgos proponemos
que el Reglamento de Participación Ciudadana se construya y
desarrolle a través de un proceso en sí mismo participativo
empleando metodologías que busquen crear canales de diálogo que
favorezcan el debate y generé consensos entre el Ayuntamiento, la
ciudadanía y sus organizaciones sociales. Apostando así por un
modelo de participación en el que los ciudadanos y sus colectivos se
sientan reflejados e integrados, donde los aportes del tejido social
articulado generen las sinergías necesarias para provocar procesos
de innovación social y se construyan redes de colaboración y
participación.
Tomando
como referencia y punto de partida la importancia histórica del
movimiento asociativo y vecinal y reconociendo la inquietud y las
aportaciones realizadas en su momento a la hora de redactar el primer
Reglamento de Participación Ciudadana que tuvo la ciudad, desde
Imagina Burgos creemos firmemente que es el momento en el que tenemos
que volver a reflexionar sobre como los modelos de participación se
han ido transformando a la vez que han ido surgiendo nuevas
expresiones de ciudadanía a las que hay que dotar de herramientas
participativas que les permitan desarrollar sus inquietudes sociales
y de colaboración con el Ayuntamiento de una manera organizada,
reglada y participada.
Estamos
ante un momento clave donde la reforma del Reglamento de
Participación Ciudadana favorecerá las políticas municipales de
fomento y desarrollo de una participación ciudadana que acerque las
decisiones municipales a las personas y a sus colectivos, y
viceversa, haciendo que aspectos como la gestión municipal
participada, la diversidad y la interculturalidad sean componentes
ineludibles en las políticas municipales.
A
la vez que la ciudadanía sigue cambiando y evolucionando también
creemos necesario que debemos avanzar en el papel que las tecnologías
de la información y la comunicación deben de desempeñar en estos
procesos participativos en los cuales tienen que quedar reflejadas y
reguladas fórmulas novedosas que favorezcan la interacción y la
participación ciudadana con la administración y la gestión
municipal.
Desde
la oportunidad que se nos presta a la hora colaborar en la reforma
del actual Reglamento de Participación Ciudadana no podemos pasar
por alto la participación infantil y por ello proponemos que la
opinión, necesidades, prioridades y derechos de la infancia formen
parte integrante de las políticas, los programas y las decisiones
municipales planteando una serie de herramientas y un estilo de
gobierno y gestión urbana participativa capaz de garantizar a la
ciudadanía más joven sus derechos.
En
Imagina Burgos creemos que para avanzar hacia un modelo de gobierno
municipal más abierto, más democrático, más transparente y más
participativo la participación ciudadana debe constituirse en un
elemento estratégico clave a la cual se la debe de otorgar un fuerte
y decidido impulso desde un liderazgo político claro que la
incorpore progresivamente en la forma de gobernar y gestionar
aspectos de relevancia municipal. Con este convencimiento desde el
Grupo Municipal Imagina Burgos requerimos al Ayuntamiento para que
realice una decidida apuesta socio política clara y explicita
liderada por todos los Grupos Municipales para establecer un
necesario y amplio acuerdo social y político que garantice su
continuidad y la praxis cotidiana de la participación de la
ciudadanía y de sus colectivos en los asuntos públicos
municipales.
El
nuevo Reglamento de Participación Ciudadana:
un
modelo estratégico y transversal.
La
Estructura del Reglamento deberá materializar el Principio de
Participación de los Ciudadanos en los asuntos Públicos establecido
por la Constitución Española, la Carta Europea de la Autonomía
Local y la normativa establecida en la Ley Reguladora de las Bases
del Régimen Local y en la Ley de Medidas para la Modernización del
Gobierno Local.
Su
ámbito y finalidad será el de regular los derechos de los
ciudadanos y el de sus entidades, adoptar medidas para el fomento del
asociacionismo y de cualquier otra forma de asociación y establecer
cuales son los órganos de participación y las diversas formas y
mecanismos de promoción y desarrollo de la participación ciudadana.
Deberá ser un elemento esencial que garantice y haga realidad
determinados derechos de los ciudadanos, en concreto los
relacionados con la información sobre la gestión de las
competencias y servicios municipales, el acceso a los archivos y
registros y al conocimiento de los procedimientos en curso en
relación con las actuaciones urbanísticas o cualquier otras que
puedan afectar a la ciudadanía o a un ámbito territorial concreto.
También
deberá reconocer el derecho de los ciudadanos a ser informados de
los resultados de la gestión municipal, estableciendo el deber del
Ayuntamiento de la definición de un conjunto de indicadores de
actividad que tendrá que publicar anualmente. Además tendrá que
reordenar las formas de la participación de los ciudadanos en los
distritos y prever las herramientas con las que los ciudadanos y sus
asociaciones puedan efectuar sus iniciativas y exposiciones.
El
Reglamento regulará la Iniciativa Popular estableciendo los
mecanismos adecuados para que los ciudadanos puedan ejercer ésta
iniciativa y puedan presentar propuestas de acuerdos, propuestas de
actuaciones o proyectos de reglamentos en materias de competencia
municipal. Asimismo configurará el derecho de los ciudadanos,
adultos e infantes, a la Audiencia Pública dónde podrán solicitar
la celebración de sesiones específicas públicas sobre temas
relevantes dónde serán informados y escuchados sobre los asuntos de
competencia municipal. Y
deberá establecer y regular mecanismos de participación activa y
vinculantes como los Presupuestos Participativos.
En
definitiva, el nuevo Reglamento de Participación Ciudadana,
provisionará a la ciudadanía de un conjunto de órganos de
participación cuya misión será canalizar las aportaciones de los
ciudadanos y de sus entidades allá dónde su visión de mejora de la
ciudad sea la más consensuada.
Sobre
la defensa de los derechos de los ciudadanos:
En
el marco de las competencias del Gobierno Local, los derechos
relativos a la práctica de la participación ciudadana, reconocidos
en la Constitución, en las leyes y en este Reglamento, serán objeto
de especial protección por parte de nuestro Ayuntamiento, que
exigirá las responsabilidades adecuadas al personal y a las
autoridades municipales que no los respeten o vulneren su ejercicio.
Los
órganos de participación ciudadana, el Defensor del Ciudadano o
Defensor del Vecino y la Comisión especial de Quejas y Reclamaciones
y Sugerencias, y la posibilidad de reunirse con los responsables
políticos respecto a temas de su competencia son las piezas que
conforman este sistema de defensa y protección de los derechos sin
perjuicio de los recursos administrativos o jurisdiccionales
pertinentes.
El
Ayuntamiento regulará, de acuerdo con la ley, el funcionamiento de
estos órganos, unidades o instrumentos del sistema de defensa de la
ciudadanía en el municipio.
El
Defensor del Ciudadano:
Se
creará la figura del Defensor del Ciudadano, o Defensor del Vecino,
siendo éste el alto comisionado del Pleno del Ayuntamiento para la
defensa de los derechos e intereses de la ciudadanía y de sus
colectivos y la salvaguarda de los abusos de autoridad o poder y las
negligencias de la administración municipal.
El
Defensor del Ciudadano se configurará como un órgano unipersonal de
garantía y de colaboración entre el Ayuntamiento y la ciudadanía,
y, dentro del ejercicio de sus funciones resolverá sobre las quejas
que se le presenten. Sus funciones vendrán recogidas en un
reglamento aprobado en Pleno.
La
Comisión especial de Quejas y Reclamaciones y Sugerencias:
Se
revisará su sistema de gestión para garantizar el seguimiento y la
trazabilidad de las peticiones ciudadanas, así como para evaluar el
grado de satisfacción ciudadana de la respuesta de los diferentes
servicios.
Sobre
los órganos de participación:
La
participación en las políticas publicas municipales se articularán
mediante mecanismos que faciliten la participación ciudadana en los
principales elementos de la política pública municipal.
El
Reglamento buscará la mejora del funcionamiento de los órganos de
participación ya existentes, aumentando su representatividad,
operatividad y autonomía con el objetivo de permitir una mayor
incidencia en las políticas públicas de la ciudad. Para ello se
deberán redefinir las funciones y la composición de:
El
Consejo Social de Ciudad.
Es
el órgano de participación por excelencia de la ciudad. Su
estructura incluirá una comisión permanente que marcará los ritmos
y la agenda de funcionamiento de acuerdo a las peticiones de la
ciudadanía. Ampliará su representatividad incluyendo una
representación de cada Consejo Sectorial y de cada Consejo de
Distrito. Los trabajos específicos se desarrollarán mediante
comisiones de trabajo que dispondrán de los recursos necesarios para
la realización de estudios o informes.
Entre
sus funciones se incluirá, entre otras, el
estudio y la propuesta en materia de desarrollo económico y social,
informes preceptivos sobre el proyecto anual de presupuestos, el
proyecto anual de ordenanzas fiscales y precios públicos, la
planificación estratégica de la ciudad, los grandes proyectos
urbanísticos y las revisiones del plan general de ordenación
urbana, las consultas vinculantes de iniciativa ciudadana e
institucional y el desarrollo y la implantación un modelo de
presupuestos participativos que faciliten que la ciudadanía
participe en la elaboración, planificación y prioridades a
contemplar por el presupuesto municipal desarrollando procesos de
propuesta, reflexión, debate y decisión construyendo un modelo
propio que responda a las necesidades y a la dinámica asociativa y
participativa de la ciudad.
Los
Consejos Sectoriales:
Pasarán
a ser órganos de participación de carácter consultivo y vinculante
en las grandes áreas de la política municipal, concebidos como
espacios para el desarrollo de políticas específicas y,
especialmente, para la elaboración de planes estratégicos de las
diferentes áreas de gobierno.
Estarán
presididos por un Concejal y su composición estará formada por un
Vicepresidente elegido de entre las entidades ciudadanas inscritas en
dicho consejo, los vocales serán representantes de Instituciones
vinculadas con el sector y de los órganos de participación que
desarrollen su labor en cada ámbito concreto de actuación.
Con
la finalidad de implicar a los consejos sectoriales en la gestión de
las políticas municipales y en concreto en los órganos decisorios
de la administración municipal un representante delegado de los
consejos sectoriales asistirá a las comisiones de gobierno de su
área o sector respectivo donde podrá disponer de voz y voto.
Los
Consejos de la Infancia:
(El
Reglamento del Consejo Municipal de la Infancia fue aprobado en pleno
el 11 de marzo de 2011, sin embargo la “guía básica para la
creación de Consejos de Infancia y Adolescencia en el ámbito local
con enfoque de género” fue editada en 2014 por Unicef a través de
su delegación Ciudades Amigas de la Infancia, de la que Burgos es
miembro, es más actual por lo que se recomienda su revisión y una
regulación específica sobre la participación infantil en el nuevo
modelo de Reglamento de Participación Ciudadana.)
El
Consejo Social de la Infancia será el espacio específico para la
participación infantil activa en el marco del gobierno municipal
convirtiéndose en un mecanismo para la colaboración activa entre
niños y niñas y adultos en las políticas municipales burgalesas.
Los
órganos de participación y representación del conjunto de la
infancia en Burgos son un consejo sectorial, en el ámbito de
ciudad, y un consejo territorial en el ámbito del distrito, con sus
características singulares dada la composición de sus miembros.
Estarán compuestos por población infantil elegida democráticamente
a través de un proceso organizado por distritos que se llevará a
cabo en los centros educativos de la ciudad.
Sus
funciones consistirán en presentar iniciativas, sugerencias y
propuestas para ser debatidas en los ámbitos y órganos municipales
correspondientes, participar en la elaboración y seguimiento de los
planes de infancia que se acometan, para que las necesidades de los
niños y niñas sean reflejadas en ellos, así como proponer
soluciones a problemas de la ciudad que afecten a la infancia.
Su
composición procurará una distribución igualitaria de las niñas y
niños procedentes de distintos niveles de educación y garantizará
la pluralidad, paridad y diversidad de la ciudad: académica, de
género, de origen, funcional, etc.
La
Audiencia Pública de Niños y Niñas:
Se
trata de un medio de participación, consulta y asesoramiento,
consistente en el encuentro de los responsables políticos y técnicos
municipales con el Consejo de la Infancia de la ciudad realizado
regularmente. Aún así, su función principal es de carácter
pedagógico y educativo respecto de los niños y niñas del
municipio, y deberá tener en cuenta el plan de trabajo que se
elabore en colaboración con las escuelas, centros de ocio y tiempo
libre, centros sociocomunitarios, asociaciones de madres y padres y
otras entidades y asociaciones relacionadas con la infancia.
Será
convocada por el Alcalde, directamente, o a petición del Consejo de
la Infancia. La
sesión se iniciará con la presentación del Alcalde o persona en
quien delegue quien ejercerá de presidente y acto
seguido se dará la palabra a los representantes del Consejo de Niños
y Niñas. Si el presidente de la sesión lo considera necesario,
intervendrán los concejales y/o técnicos responsables del tema o
temas que se traten. A continuación se abrirá un turno de palabras
para que los grupos políticos municipales manifiesten su posición.
Después podrá intervenir el resto de asistentes dando prioridad a
los niños y niñas sin más límite que el uso razonable del tiempo.
Actuará como secretario el de la corporación o persona en quien
delegue. Podrán asistir
también un portavoz o representante de cada grupo municipal. Habrán
de asistir los concejales y personal técnico responsable de las
áreas relacionadas con el Consejo de Niños y Niñas y los temas que
se traten en la audiencia.
El
Presupuesto Participativo Infantil:
Con
la finalidad de promover una participación activa, visibilizar la
infancia y promover ideas, iniciativas y propuestas diferentes que
construyan ciudad el Reglamento de Participación Ciudadana regulará
un modelo consensuado de Presupuesto Participativo Infantil
implicando a las niñas y niños en un proceso participativo de
implementación de acciones educativas y de toma de decisiones.
La
dinamización de este proceso se realizará desde los diferentes
consejos de distritos de la infancia, en colaboración con los
colegios de Primaria y Secundaria, las Asociaciones de Padres y
Madres y las Asociaciones cuyo ámbito de actuación sea la infancia.
Los
niños y niñas, de entre 8 y 12 años, trasladaran sus propuestas, a
través de unas fichas participativas. Las propuestas o proyectos
estarán enmarcados en las áreas de vivienda, educación, ocio y
tiempo libre, cultura turismo, medio ambiente, urbanismo, igualdad de
género, interculturalidad, deporte, patrimonio y empleo. Las
propuestas infantiles recogidas serán incorporadas en los planes de
barrio o distrito. En los consejos de la infancia de distrito los
niños y niñas seleccionarán la primera propuesta de su distrito.
El Consejo Social de Ciudad entregará una propuesta infantil por
Distrito al Ayuntamiento y seguirá el mismo proceso que el regulado
para los presupuestos participativos de ciudad o distrito.
Sobre
la descentralización territorial:
El
objetivo de la descentralización debe de ser doble:
.-
Lograr que la actividad de las Juntas de Distrito sea más eficaz,
descentralizando fondos y recursos humanos y revisando los
procedimientos administrativos.
.-
Acercar las decisiones al ámbito más cercano a la ciudadanía para
que ésta pueda apropiarse de los procesos de toma de decisiones y
pase a formar parte de ellos procediendo a la elaboración
de las Bases Reguladoras del proceso de los Presupuestos
Participativos para que regulen la realización de propuestas de
inversión municipal en el distrito.
El
Reglamento permitirá pasar de un modelo de desconcentración
administrativa a una descentralización territorial del Ayuntamiento.
Esto implica una redefinición de competencias de las Juntas
Municipales de Distrito, además de una redistribución del poder de
decisión en términos territoriales en la ciudad.
Las
Juntas Municipales de Distrito:
Tendrán
asignadas competencias específicas en determinadas materias y serán
dotadas con los recursos presupuestarios y de personal necesario para
llevarlas a cabo. Funcionaran de manera análoga a otros servicios
municipales bajo la dirección política de la persona concejala que
ostente la presidencia de la Junta.
El
Consejo de Distrito:
Será
el espacio donde se tomen las decisiones de la Junta Municipal en el
marco de sus competencias.
Tendrá
la siguiente composición:
.-
Presidencia, nombrada por la Alcaldía.
.-
Vicepresidencia, nombrada por la Alcaldía.
.-
Representantes políticos, la representación de los grupos
municipales será proporcional al número de concejales con los que
cuenten en el Pleno, garantizando la presencia de todos los grupos
municipales con representación municipal y de los concejales no
adscritos.
.-
Representación del tejido asociativo.
.-
Representación de la ciudadanía.
Las
reuniones del Consejo de Distrito serán abiertas a la ciudadanía en
forma de asamblea abierta, de manera que todas las personas
asistentes tendrán derecho a voz, pudiendo votarse todas aquellas
cuestiones de especial carácter o relevantes para el distrito,
tales como los proyectos sobre inversiones municipales en el
distrito.
El
consejo podrá crear grupos de trabajo que serán abiertos a la
participación de las entidades ciudadanas y a los ciudadanos que así
lo expresen. Los grupos de trabajo no serán decisorios sino espacios
de trabajo para la deliberación y el consenso sobre las materias que
sean competencia de la junta. Serán los espacios por excelencia para
la construcción colectiva de propuestas y elevarán sus propuestas
al Consejo de Distrito donde se tomarán las decisiones.
Espacios
de reflexión y propuestas ciudadanas:
Además
de los consejos de distrito y de los grupos de trabajo con temáticas
específicas, se constituirán espacios donde se llevarán a cabo
debates, reflexiones y propuestas para el distrito, que serán
posteriormente trasladados a los consejos de distrito para tenerlos
en cuenta, y llevarlos, si se considera, a votación. Será así un
espacio de encuentro entre el vecindario del distrito que
posibilitará llevar propuestas trabajadas a los consejos de
distrito.
El
Observatorio de Distrito:
En
cada distrito se creará una unidad de generación de información,
recopilación de datos e información específica que se incorporará
a una plataforma virtual para posibilitar un análisis exhaustivo de
la realidad cotidiana de cada uno de los distritos. Estos datos
estarán disponible en formato abierto tanto para la administración
como para otros actores de la sociedad civil, el sector privado o el
académico.
La
Oficina de Apoyo a las Iniciativas Ciudadanas:
Es
un servicio que el Ayuntamiento presta a los ciudadanos y colectivos
para el desarrollo de demandas de servicios, proyectos u obras de
interés general, para que sean prestados por el Consistorio. Todo
ciudadano, sus asociaciones y entidades podrán plantear y solicitar
ayuda y asesoramiento de la Oficina Municipal de Apoyo a las
Iniciativas Ciudadanas, y ambas en colaboración elaborarán
proyectos y realizarán tareas.
No
se admitirán las propuestas que defiendan intereses corporativos o
de grupo que sean ajenas a los intereses generales de los ciudadanos
o que tengan contenido imposible, inconstitucional, ilegal o
constitutivo de delito.
Cuando
el Ayuntamiento reciba el proyecto confeccionado, la Delegación de
Participación Ciudadana, previos los informes oportunos, resolverá
la Iniciativa Ciudadana y todas las cuestiones relacionadas,
correspondiendo la decisión final a la Junta de Gobierno Local o al
Pleno de la Corporación.
El
ámbito de trabajo de la Oficina Municipal de Apoyo a las Iniciativas
Ciudadanas es la Junta Municipal de Distrito y gozará, asimismo, de
autonomía en su labor de información y asesoramiento a las
entidades.
Sobre
las herramientas de participación:
El
Reglamento de Participación incluirá y regulará la
institucionalización de una seria de cauces de participación activa
que se articulan a través de herramientas y procesos que combinan
tanto la participación de la ciudadanía a título individual como
de la ciudadanía organizada a través de asociaciones, plataformas u
otro tipo de entidades.
Los
Presupuestos Participativos:
El
Ayto reservará anualmente una parte de su presupuesto municipal para
ser elegido mediante un procedimiento de presupuesto participativo.
Corresponderá al Consejo Social de Ciudad su fomento, desarrollo y
su ejecución.
La
ciudadanía tendrá así la posibilidad de elaborar propuestas sobre
inversiones municipales y participará activamente en la asignación
de los recursos a través de una votación directa con sufragio
universal.
Las
Juntas Municipales de Distrito, a través de sus consejos, tendrán
un papel activo en el análisis, deliberación y elaboración
colectiva de estas propuestas.
Las
Consultas Ciudadanas:
Se
incorporarán los medios necesarios y se establecerá un sistema de
consulta sobre aquellos aspectos de mayor relevancia para la ciudad.
Las consultas ciudadanas se realizarán a iniciativa de la alcaldía
o del equipo de gobierno. Se realizarán a través de mecanismos
on-line que faciliten la participación de la ciudadanía combinados
con espacios presenciales para enfrentar la brecha digital.
En
todo caso el Ayuntamiento, de oficio, promoverá consultas ciudadanas
de inversiones municipales que acojan alguna reivindicación
ciudadana, den respuesta a una necesidad detectada o mejoren algún
aspecto que repercuta en el bien común y obligatoriamente en
aquellos proyectos de inversión municipal que superen la cantidad de
5 millones de euros.
Las
Iniciativas Ciudadanas:
El
Ayuntamiento preveyendo la posibilidad de que la ciudadanía presente
iniciativas de colaboración y consulta y en su potestad de consultar
cualquier cuestión de interés local debe anticiparse y apostar por
regular procesos democráticos de participación ciudadana como las
Iniciativas Populares con propuesta de celebración de Consulta
Popular para que las vecinas y vecinos de Burgos den respuesta a una
necesidad detectada o mejoren algún aspecto que repercuta en el bien
común y especialmente en aquellos proyectos de inversión municipal
que debido a su interés general pueda ser apoyado o rechazado por
una amplia mayoría de ciudadanos burgaleses.
El
derecho de iniciativa podrá ser ejercido por la ciudadanía y
promovido por entidades y asociaciones y se materializará en la
presentación de propuestas de acuerdos, actuaciones o proyectos de
reglamentos en materias de competencia municipal. En el caso de que
una iniciativa ciudadana sea apoyada por una 2% de las personas con
derecho a sufragio, este deberá ser debatida y votada en pleno. En
todo caso deberá contar con los informes técnicos correspondientes
que garanticen su legalidad.
La
Propuesta Ciudadana:
Todos
los ciudadanos tienen el derecho a dirigirse a cualquier autoridad u
órgano municipal para elevar propuestas de actuación o sugerencias
en materias de competencia municipal o de interés local:
.
La propuesta deberá ser cursada formalmente en el Registro
Municipal.
.
Este derecho podrá ser ejercido individual o colectivamente.
.
El Alcalde, o Concejal en que delegue, deberá estudiar el contenido
de la propuesta e informar por escrito a la parte proponente sobre el
curso que se le dará en el plazo máximo de un mes a partir de la
entrega de la propuesta en el Registro. De estas peticiones deberán
ser informados todos los Grupos Municipales.
.
Las Intervenciones en Pleno se regularán mediante una formula de
turno popular para que las Asociaciones y la ciudadanía no
organizada puedan promover dichas iniciativas de forma directa, las
cuales sin estar vinculadas a los grupos municipales o concejales no
adscritos, puedan ser debatidas y votadas.
El
Observatorio Urbano:
Para
establecer mecanismos de Participación Activa y Vinculante y por
medio de estudios, sondeos de opinión, de encuestas de satisfacción
de los usuarios de servicios, encuestas de percepción ciudadana,
paneles ciudadanos o encuestas deliberativas, el Observatorio
Ciudadano de Burgos, dependiente de la Delegación de Participación
Ciudadana y coordinado con el Consejo Social de Ciudad, los
Distritos, el Servicio de Estadística, con la Universidad de Burgos
y el Observatorio del Ministerio de Administraciones Públicas
recogerá la opinión de los vecinos y entidades sobre el
funcionamiento de los servicios públicos y asuntos de especial
relevancia.
El
Observatorio Urbano tiene como finalidad conocer y analizar la
evolución de la calidad de vida a través del seguimiento de los
indicadores que se determinen reglamentariamente.
El
Ayuntamiento podrá hacer encuestas de calidad a las personas
usuarias de los servicios municipales. Todas las encuestas se
realizarán con sometimiento a los principios de voluntariedad,
secreto, transparencia, especialidad y proporcionalidad. Se dará
cuenta al Pleno de la Corporación del conjunto de actividades
realizadas por el Observatorio Urbano. Se especificarán las
encuestas y estudios de opinión para fines municipales que han de
llevarse a cabo por los servicios del Ayuntamiento y cualesquiera
otras entidades dependientes del mismo.
El
Ayuntamiento dará a conocer los resultados de los estudios de
opinión que lleve a término a través de los medios de
comunicación. Dejará al alcance de los ciudadanos que lo soliciten
la consulta de la ficha técnica utilizada, regulando los plazos y la
forma más idónea para ello.
Podrán
pedir la celebración de una encuesta ciudadana sobre asuntos de
especial transcendencia para la ciudad, un conjunto de ciudadanos
mayores de 16 años, empadronados y que representen el 3 % del Padrón
Municipal. En el caso de solicitar la encuesta para un Distrito, los
peticionarios deberán residir en territorio de la misma y
representar el 10% del Padrón Municipal del Distrito.
Los
Procesos Participativos Específicos:
Se
promoverán y facilitarán la realización de procesos participativos
de calidad que se incorporen al diseño y elaboración de los
diferentes programas y proyectos municipales. En particular, se
desarrollarán procesos participativos en materias específicas
relacionadas con el espacio público (plazas, parques y jardines...)
o con servicios municipales concretos. Esto será preceptivo en
iniciativas de especial relevancia para un barrio, distrito o
conjunto de la ciudad.
A
los efectos de este Reglamento se entiende por proceso participativo
aquel que de manera integral contempla las fases siguientes:
-
Fase de información, mediante la cual se trata de difundir al
conjunto de la ciudadanía afectada la materia o proyecto sobre el
cual se pretende la participación, utilizando las técnicas
metodológicas pertinentes.
-
Fase de debate ciudadano, mediante la cual y empleando las
metodologías adecuadas se promueve el diagnóstico, debate y
propuestas de la ciudadanía.
-
Fase de devolución, mediante la cual se traslada a las personas
participantes y al conjunto de la ciudadanía el resultado del
proceso.
-
Fase de ejecución, mediante la cual se adoptan los acuerdos
necesarios para llevar a cabo lo decidido por la ciudadanía.
-
Fase de revisión del proceso en sí mismo.
-
Fase de evaluación, mediante la cual se evalúa el grado de
cumplimiento de lo acordado
por la ciudadanía en relación con lo finalmente ejecutado.